Normas Éticas

Código de Ética de Social Innovation Studies (SIS)

El presente código manifiesta el compromiso ético de todos quienes participan en el proceso de elaboración de Social Innovation Studies (SIS): el autor, los pares evaluadores y la propia institución representada por el editor y el comité editorial.

Social Innovation Studies (SIS) es una revista publicada por la Universidad Católica del Norte.

Este código fue elaborado en base a las Core practices del Committee on Publication Ethics (COPE), reconocido internacionalmente.

 

OBLIGACIONES DEL EDITOR

Decisión sobre la publicación de artículos

El editor es responsable de decidir cuáles de los escritos enviados a la revista serán publicados. Su decisión la basará en las normas de publicación de la revista, así como en el juicio de los árbitros, y en algunos casos, en la opinión de los miembros del comité editorial. Además, el editor quedará sujeto a los requerimientos legales de derechos de autor, difamaciones y plagio.

Los escritos solamente serán evaluados por su calidad intelectual y su originalidad. 

 

Conflictos de interés

Durante el proceso de publicación, las informaciones e ideas contenidas en el escrito no pueden ser utilizadas para provecho personal por ninguna persona que tenga acceso él, a menos que cuente con el permiso explícito del autor.

 

Confidencialidad

Ni el editor ni ningún miembro del comité editorial deben entregar información sobre los escritos recibidos a individuos o instituciones que no sean: el autor o los autores, la institución del autor o los autores, potenciales árbitros, árbitros u otros miembros del comité editorial.

 

OBLIGACIONES DE LOS AUTORES

Entrega de los trabajos

Los autores que envíen escritos inéditos, que no hayan sido publicados ni se encuentran sometidos a proceso de evaluación por parte de otra revista científica, deben atenerse a la norma editorial de la Revista. Además, las aseveraciones, conclusiones e informaciones que contiene el escrito deben ser presentadas de manera fidedigna.

 

Originalidad y Plagio

El envío de un escrito para su publicación supone que el mismo es completamente inédito. Las citas textuales de escritos que pertenezcan al mismo autor o a otros autores deben ir con su respectiva cita bibliográfica. Un texto copiado que aparezca en el escrito como propio del autor será considerado plagio, lo que representa deshonestidad intelectual que motivará el rechazo del escrito, así como su denuncia de plagio.

 

 

Publicación múltiple

El autor no debe enviar al mismo tiempo manuscritos que traten sustancialmente el mismo tema y posean el mismo enfoque a más de una revista u otro tipo de publicación. El envío del mismo manuscrito o de un manuscrito esencialmente idéntico a más de una revista constituye deshonestidad intelectual que motivará el rechazo del escrito.

 

Reconocimiento de fuentes

El autor debe reconocer explícitamente en su escrito el trabajo de otros y citar debidamente las publicaciones en las que ha basado su escrito.

 

Reconocimiento de fuentes de financiamiento

Los autores deben señalar claramente las fuentes de financiamiento de la investigación de la que da cuenta el manuscrito.

 

Conflicto de intereses

Los autores también deben señalar claramente cualquier otra fuente de financiamiento que pueda influir en la interpretación de datos o en la discusión del manuscrito.

 

Autoría del manuscrito

La autoría del manuscrito se limita a aquellos que han contribuido de manera esencial en la concepción, diseño, interpretación y ejecución del escrito. Todos ellos deben ser señalados como co-autores. Asimismo, la colaboración de otros individuos que hayan contribuido de alguna manera en el manuscrito también debe ser reconocida.

 

Errores importantes en los manuscritos

Cuando un autor descubre un error grave en su manuscrito, es su deber notificar al editor oportunamente. Así como ayudar al editor en la rectificación de dicho error.

 

Acceso a los datos

Se puede pedir a los autores que entreguen los datos originales de su trabajo, por lo que deben estar prestos a ofrecer su acceso público. Asimismo deben estar preparados para permitir el acceso a dichos datos incluso luego de haber sido publicado su escrito.

 

Correspondencia

El autor, o uno de los autores, debe encargarse de la comunicación con la revista. Este debe asegurarse que todos los co-autores estén debidamente incluidos en el escrito. También debe asegurarse que todos los co-autores hayan visto el manuscrito en su versión final y están de acuerdo con su publicación. Asimismo, debe asegurarse que ningún individuo que no corresponda aparezca como co-autor.

 

OBLIGACIONES DE LOS ÁRBITROS, REVISORES O EVALUADORES

 

Arbitraje o evaluación

El proceso de arbitraje tiene dos fines: ayudar al editor a tomar una decisión respecto a la publicación del manuscrito enviado a la revista y colaborar a los autores para que mejoren la calidad de sus escritos.

Todo árbitro que no se sienta capacitado para revisar el manuscrito asignado o que se sienta incapacitado para revisar el manuscrito a tiempo, tiene el deber de notificar esto al editor y excusarse del proceso de revisión y arbitraje.

 

Confidencialidad

Los manuscritos que se reciben deben ser tratados de manera confidencial. Esto significa que no deben enviarse, ni mostrase ni discutirse con otros individuos. Con excepción de los individuos que, en casos especiales, designe el editor.

Las ideas e informaciones obtenidas en el arbitraje del manuscrito deben mantenerse en confidencialidad y de ninguna manera ser utilizadas para provecho personal.

 

Estándares de objetividad

Los arbitrajes deben realizarse de manera objetiva e imparcial. No deben contener ninguna crítica personal a los autores. Además, los árbitros deben expresar con claridad y de manera fundada sus observaciones, comentarios y opiniones respecto al manuscrito.

 

Reconocimiento de fuentes

Los árbitros deben identificar obras usadas en el manuscrito que no hayan sido citadas por los autores. Ya que cualquier afirmación realizada en el manuscrito debe estar acompañada por su cita correspondiente. Si el árbitro descubre que el manuscrito tiene similitudes esenciales con otras obras, debe comunicárselo al editor.

 

Conflicto de interés

Los árbitros no deben revisar manuscritos con los que tengan conflictos de interés debido a relaciones de coautoría, amistad, rivalidad o ningún otro tipo de relación con el autor, autores o instituciones que se relacionen con los manuscritos.